La Cámara de Senadores de la Provincia dio media sanción al proyecto de ley que establece el principio de paridad de género en la composición e integración del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Partidos Políticos y asociaciones, consejos y colegios profesionales. Fue en el marco de la Sesión Ordinaria nº 5 del Período 138, que se realizó de manera presencial en el recinto de la Cámara Alta.
Según indica el texto aprobado, la normativa entiende por paridad de género “la representación igualitaria de hombres y mujeres de hasta un cincuenta por ciento para cada género. En la conformación de listas electorales, y en la composición de estructuras orgánicas o de cargos y ternas o nóminas de designación”.
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Conformidad
Tras la aprobación del proyecto, Rubén Pirola (Las Colonias) “necesitábamos que la provincia se sumara a otras 14 que ya han trabajado sobre paridad de género. Y a la ley nacional sancionada a fines de 2017”.
A su vez, el senador impulsor del proyecto –aprobado por unanimidad– consideró que lograr su sanción definitiva pondría a Santa Fe “en un nivel superior a toda la legislación vigente en nuestro país” en materia de género. Porque “avanza en la representación paritaria y establece principios de paridad en los tres poderes del Estado. También en los partidos políticos y asociaciones, consejos y colegios profesionales”.
Ahora en Diputados
Estos últimos días, el proyecto con media sanción en la Cámara de Senadores ingresó para su estudio y tratamiento en Diputados. La iniciativa comenzó a "hacer ruido" puesto que señala en su artículo 5 que "la postulación de precandidatos/as y candidatos/as a Diputados/as Provinciales, Concejales/as Municipales y miembros de Comisiones Comunales en listas que presenten los partidos políticos o confederaciones de partidos o alianzas deberán confeccionarse ubicando alternativamente y en forma secuencial a duplas formadas por dos personas de diferente género en la totalidad de las precandidaturas y candidaturas titulares y suplentes. No puede haber dos precandidatos/as o candidatos/as del mismo género ubicados en forma consecutiva. Al definirse los precandidatos que pasan de elecciones primarias hacia las elecciones generales y al definirse los electos para entrar al cuerpo, siempre el sistema de representación proporcional D´Hont se aplicará intercalando duplas y no individuos. Si el número a incorporar es impar, ingresará el primer término de la dupla siendo indiferente su género".
Polémica
Los artículos que se estudian en la Cámara de Diputados no conforman a todos los legisladores. Y la discusión se centra mayormente en el artículo 5, donde no puede haber dos precandidatos/as o candidatos/as del mismo género ubicados en forma consecutiva. Sino que deben ser intercalados para garantizar de esta manera la paridad. La polémica radica en que se estaría cambiando el régimen electoral. Puesto que una cosa es el 50 por ciento de paridad y otra muy distinta el sistema por duplas. Y según lo que pudo averiguar Sin Mordaza, la propuesta ya cosechó negativas dentro el seno del mismo gobierno provincial.
El tema de la Paridad de Género no es menor y toca también de lleno a la Corte Suprema de la provincia. En ese sentido, si los jueces deben elegirse en base a su idoneidad y otros atributos, la pregunta es cómo se haría para trabajar con la paridad de género. En este caso sin alterar las condiciones por las que los postulantes, sean varones o mujeres, lleguen a esa instancia.