Dicho comunicado dirigido a los concesionarios de operatorias portuarias, usuarios y público en general expresa:
En razón de la actual pandemia por el coronavirus COVID-19, que se afronta en el mundo y en nuestro país, El ENTE ADMINISTRADOR PUERTO RECONQUISTA en cumplimiento de la legislación que le dio origen comunica y solicita la diligencia y cumplimiento por parte de los concesionarios, usuarios y público en general en el ámbito de Puerto Reconquista de las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante DNU 260/2020, norma dictada Presidente de La Nación Argentina, Dr. Alberto Fernández, así como lo decretado por el Señor Gobernador de la Provincia de Santa Fe CPN Omar Perotti Dec 0213/20 y 0261/20 y las resoluciones en consonancia la Ministra de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat CPN Silvina Patricia Frana; la Ordenanza 8480/20 y Decreto 056 y 063 de la Municipalidad de Reconquista y demás medidas que se anuncian y publican en tal sentido.
Por todo esto y en uso de facultades otorgadas por ley y de medidas que le competen, el Protocolo Código (PBIP), Código Internacional para la Protección de Buques y de las Instalaciones Portuarias y circulación de personal que operan o de tránsito en Zona Portuaria;
Por el presente el Sr. Presidente EAPRe, Dr. MARTÍN S. DELTÍN,
RESUELVE:
1) Ampliar resguardo y acciones en consideración de las nuevas estrategias de prevención siendo los protocolos establecidos por los estamentos Nacionales y Provinciales como así también la estricta medida que se comunicara el EAPRe en la Operatoria Portuaria, adhiriendo a las leyes y decretos sancionados.
2) Restringir la circulación dentro de la instalación portuaria, limitando el ingreso y permanencia solo al personal afectado a la actividad portuaria y guardias mínimas de las concesionadas y del EAPRe. La presente no afecta al funcionamiento comercial portuario.
3) Inhabilítese el ingreso de personas para fines recreativos, de esparcimiento o turístico.
4) Suspender el servicio bajada de lanchas de las guarderías que funcionan en el área portuaria, de bar y cantina que se presta dentro del Ente Puerto hasta el 31 de marzo del corriente. En las áreas de guarderías solo podrán asistir y permanecer el personal autorizado para la custodia y mantenimiento de las mismas.
5) Suspender toda clase de reunión o evento deportivo, recreativo y de cualquier índole que implique la congregación de grupos de personas dentro de las instalaciones portuarias por tiempo indefinido.
6) Restrínjase al 50 % la capacidad de pasajeros de la balsa que viajen sin vehículos. Los transportistas o automovilistas en el proceso de embarque o desembarque no podrán circular fuera del vehículo.
7) Instar a la difusión y conocimiento del presente a los concesionarios, personal afectado al área portuaria y a la comunidad en general.
8) Limitar el ingreso de camiones a una unidad por vez en el ingreso a puerto para carga de arena, siendo los demás destinados a la playa pública sita en acceso al puerto.
9) Fijar el presente y cartelería informativa a proveer por el EAPRe, sobre la prevención del nuevo coronavirus COVID-19 en el acceso al Puerto, en el edificio del EAPRe y cada una de las áreas concesionadas o funcionales.
La medida adoptada tendrá vigencia desde el día de la fecha y podrá cambiar en razón de la evolución de la situación de la pandemia, que exige el máximo compromiso de esta autoridad y de la comunidad toda. -
En cumplimiento de lo requerido por el Ministerio de Gestión Pública de la Provincia, se adjunta el Decreto Provincial y comunicado del Ministerio. Asimismo, para conocimiento el comunicado del CAPS de la comunidad del Puerto, la ordenanza y disposiciones del Municipio en reconquista y las recomendaciones de Higiene y Seguridad del Asesor EAPRe.