El gobernador de la provincia, Omar Perotti, dejó sin efecto las recientes restricciones impuestas en el marco del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, para los comercios que realicen ventas que no requieran contacto personal con clientes y a la actividad de los registros de escribanos.
La determinación rubricada por el mandatario en el decreto Nº 0950/20, que también lleva la firma de la ministra de Salud de la provincia, Sonia Martorano, deja sin rigor el decreto N° 0944/20, el cual establece la restricción de actividades por un período de 14 días en los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López, para ambos sectores.
En consecuencia, se dispuso que esta suspensión de actividades no alcance a “la venta de mercaderías ya elaborada de comercios minoristas de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio”.
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El artículo dos, además, establece que se excluye de la suspensión “a la actividad notarial cuando la misma se encuentre limitada exclusivamente a posibilitar el cumplimiento de las actividades y servicios calificados como esenciales en la emergencia”.
En tanto, el artículo tercero dispone que en estos cinco departamentos y durante 14 días la actividad notarial se lleve a cabo tomando en cuenta las siguientes previsiones:
1- Realizándose los actos notariales sólo con la intervención de las personas indispensables para ello, evitando todo tipo de reuniones.
2- Las actividades no podrán realizarse más allá del horario de las 19:30, con fijación de turno previo en todos los casos.
3- Quienes desarrollen la actividad notarial y las personas comparecientes deberán utilizar en todo momento elementos de protección de nariz, boca y mentón, garantizándose además la adecuada higiene y ventilación de los locales.