El gobierno de la provincia emitió este miércoles el decreto a partir del cual quedará habilitado de inmediato el transporte interurbano de pasajeros y ferroviario de jurisdicción nacional, es decir, entre provincias. El transporte dentro de la provincia quedará bajo otra normativa y empezaría a regir el 1 de diciembre, en principio sólo para trabajadores esenciales.
A través del decreto 1440, se habilita el transporte entre provincias aplicando los protocolos nacionales para colectivos y trenes. El cronograma de frecuencias, horarios y modalidades será definido por la Secretaría de Transporte.
El permiso regirá sólo para personas habilitadas para circular, que deberán portar certificado único habilitante, realizar declaracion jurada de salud y, los no residentes en Santa Fe, informar además el viaje en la APP Covid 19 o en el sitio de la provincia, y guardar posteriormente los 14 días de aislamiento.
Para los micros de media y larga distancia, la capacidad máxima será de 37 pasajeros para los coches semicama, de 26 para los cama ejecutivo y de 18 en los cama suite.
En todos los casos, se tendrá que proveer de tapabocas a conductores y empleados. A su vez, se deberá tomar la temperatura de los trabajadores, tripulantes y pasajeros, y cumplir con estrictas normas de ventilación, desinfección y limpieza de espacios comunes y sanitarios.
Por otra parte, recomienda que en las unidades se implemente una separación física que divida a usuarios y conductores y que la misma sea de material transparente, de manera de no afectar las condiciones de visibilidad ni comprometer la seguridad para brindar los servicios.