El Senado santafesino tiene previsto tratar hoy la ley tributaria, herramienta que complementa al presupuesto provincial del año próximo. El Frente Progresista aguarda una devolución de parte de los legisladores del PJ respecto de las modificaciones sugeridas al mensaje remitido por la gestión de Omar Perotti para materializar un texto consensuado.
De no contar con un documento común, el socialismo indicó que, de todas formas, facilitaría el debate con su presencia en el recinto, por lo que, posteriormente, la Cámara Baja tendrá la última palabra con los eventuales cambios, instancia que demoraría la sanción de la iniciativa.
La ley remitida por el Ejecutivo propone un aumento promedio del impuesto inmobiliario del 22% en el urbano y el 24% en el rural, que “estará muy por debajo de la inflación estimada” para 2012. En el caso de los pequeños productores de hasta 50 hectáreas pagarán el mismo impuesto que este año.
El mensaje de Perotti incluye capítulos importantes para las Pymes a las que les asegura la estabilidad fiscal, reconoce el esfuerzo de los sectores más afectados por la pandemia, adhiere al régimen de promoción de la economía del conocimiento con exenciones fiscales por 10 años y vuelve a gratificar a los contribuyentes del inmobiliario porque los exime del pago de la cuota 6 y descuentos del 20% por el pago contado anticipado.
*Pymes. La ley mantiene la estabilidad fiscal para las Pymes y no modifica la carga tributaria para las demás empresas en 2021. “Esto significa que ningún sector productivo tendrá más carga tributaria real el año próximo”, dijo Agosto y explicó que a raíz de este paquete de medidas, “la presión fiscal global en 2021 será menor a la de 2020 en la provincia”.
*Valor fiscal congelado. Perotti congeló el valor fiscal de los inmuebles, tanto urbanos como rurales, al suspender la aplicación del “coeficiente de convergencia” en 2021, que hubiera impactado en las valuaciones y en el monto a pagar por el inmobiliario urbano y rural. “Es otro esfuerzo fiscal importante” -dijo Agosto- porque disminuye la emisión del impuesto y es menor la recaudación.
*Inmobiliario. La actualización del impuesto inmobiliario será “en promedio, el 22% en el urbano y el 24% en rural, muy por debajo de la inflación esperada y prevista” en el presupuesto de 2021. Se trata de aumentos escalonados: en el urbano, 10% (en los rangos 1 a 3), 25% (4 a 6) y 35% (para los más altos). Y en el sector rural, lo mismo: 10% (rangos 1 a 3) 25% (4 a 9) y 35% (10 y 11).
*Productores sin aumento. El gobernador congeló también el inmobiliario rural a los pequeños productores con parcelas de hasta 50 hectáreas, que pagarán en 2021 el mismo impuesto que en 2020.
*Premio a cumplidores. Los contribuyentes del inmobiliario urbano y rural que estén al día pagarán cinco cuotas del impuesto en 2021, se los eximirá de la última (la cuota 6). El único requisito es que hayan abonado en tiempo y forma los períodos 2019 y 2020.
*Otro incentivo. El pago contado anticipado del impuesto inmobiliario urbano y rural y de la patente automotor tendrán un descuento del 20%. Y la adhesión al débito automático, otro 10%.
*Régimen especial para la economía del conocimiento. El proyecto de ley impositiva de Perotti adhiere a la ley nacional de promoción de esa industria: genera en Santa Fe un marco jurídico específico de estabilidad fiscal y una exención impositiva durante 10 años para el pago de los impuestos provinciales a los ingresos brutos, sellos e inmobiliario.
*Sectores afectados por la pandemia. La ley les dedica un capítulo especial. Establece exenciones de las cuotas del Régimen Simplificado y de los saldos de declaraciones juradas de ingresos brutos y del impuesto de sellos por el periodo septiembre 2020 a marzo de 2021. En el caso del inmobiliario, se los exime de las cuotas 2 a 6 de 2020 y 1 y 2 de 2021. Las normas incluyen: bares, restaurantes y similares; servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings y similares; agencias de viaje y turismo y similares; transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones y similares; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y similares; servicios para eventos infantiles; organización de eventos; servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos; alquiler temporario de locales para eventos; peloteros; alquiler de canchas para deportes; jardines maternales, salones de baile y discotecas.
*Moratoria. Amplía el régimen para regularizar deudas tributarias hasta el 31 de octubre de 2020 y mejora las condiciones de pago, tanto en los plazos, financiación, intereses y condonación de multas. En el caso de deudas generadas exclusivamente durante la pandemia, hasta el 31 de octubre, los planes permitirán esas deudas a valores históricos, sin intereses y hasta en 48 cuotas.