El senado nacional convirtió en ley el proyecto que establece una reparación económica para los familiares de las 44 víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan, ocurrido en noviembre de 2017.
La iniciativa establece que los familiares del personal militar tripulante del submarino ARA San Juan, que se hundió en noviembre de 2017 en el Mar Argentino, "tienen derecho a recibir una indemnización por grupo familiar", que será percibida por hijos o hijas en partes iguales y la o el cónyuge, siempre y cuando no hubiesen estado separados de hecho al día de la desaparición del submarino.
Por su parte, Jorge Suárez, padre de Germán Suárez, único integrante del ARA San Juan oriundo de Santa Fe, agradeció al Gobierno Nacional el reconocimiento y la iniciativa, pero afirmó que la familia no hará opción de su cobro, ya que lo único que resarciría la desaparición de su hijo sería la obtención de "Justicia".
"Estamos agradecidos por cómo se apoya la causa, pero la Justicia no hizo nada, tapó todo, lo tomamos como un gesto donde cada uno tiene la opción de tomarlo o dejarlo. Hay gente que lo va a cobrar y hay gente que no, pero nosotros continuamos la lucha”, insistió Suárez quien recuerda a su hijo, "como si estaría vivo, un maravillosa persona, y un hijo ejemplar”, dijo al aire de Mañana OH!.
Resarcimiento
El beneficio extraordinario económico es equivalente a la remuneración mensual de los agentes de Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), multiplicado por 100.De acuerdo con los cálculos actuales, ese beneficio superaría los siete millones de pesos para cada grupo familiar.
El texto señala que el cobro del beneficio "importa la renuncia a todo derecho por indemnización de daños y perjuicios y será excluyente de todo otro beneficio o indemnización por el mismo concepto".Además, determina que el otorgamiento del resarcimiento "es incompatible con cualquier acción judicial en trámite, de reclamo de daños y perjuicios por parte de los y las beneficiarios y/o beneficiarias".
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