En tanto, la absolvió por la comisión en calidad de autora del delito de homicidio calificado por ensañamiento. Y por el concurso premeditado de dos o más personas. Mientras que difirió el cálculo del vencimiento de la pena hasta que adquiera firmeza el fallo.
El hecho ocurrió el 6 de mayo de 2017 en la localidad costera donde, de acuerdo a la acusación del fiscal del caso, el Dr. Rubén Martínez, la joven fue salvajemente asesinada. En agresión protagonizada por otra joven armada con un cuchillo, de nombre Damaris Priscila Zacarías, quien con su ataque artero, con ensañamiento y con el concurso premeditado de dos o más personas, produjo la muerte de esta niña”.
Martínez había indicado durante el juicio que la asesina se valió de personas menores y mayores para matar sobre seguro a Leila Roulín. Una vez que la hubo atacado a puñaladas, la dejó tirada en el suelo, agonizando en medio de un charco de sangre. Murió camino del Hospital de Reconquista.
En esa misma línea argumental el abogado querellante Andrés Ghio, dijo que a Leila la ultimaron “emboscaron, vil y salvajemente asesinaron”. Que la calificación del hecho correspondía a “homicidio triplemente calificado por alevosía, ensañamiento, tal cual lo relató el fiscal.