Tras las fuertes críticas de la oposición en la Legislatura al proceso de selección de 36 jueces comunitarios, uno de los postulantes a ocupar el cargo en María Teresa se presentó ante el Juzgado de Distrito de la 1ª Nominación de Villa Constitución -a cargo de la jueza María Agueda Orsaria- ya que, si bien había quedado en primer lugar en el orden de mérito, fue desplazado por otra persona.
La jueza ordenó la "suspensión inmediata" del proceso para elegir al juez de Pequeñas Causas de María Teresa, al menos hasta que no se resuelva la cuestión de fondo y se determine si existió o no algún tipo de irregularidad.
En este contexto, el ministro de Gestión Pública, Marcos Corach, manifestó que "la ministra de Gobierno, Celia Arena, y secretario de Justicia, Gabriel Somaglia, fueron a la Legislatura, dieron explicaciones y ahora se judicializa. Creo que más allá de lo que pasó en el caso de María Teresa, esto tiene mucho que ver con todo el ruido que se genera, intencionadamente, alrededor del proceso".
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Y añadió: "Las cuestiones técnicas se explicaron hasta el hartazgo y se hizo todo lo que se tenía que hacer. No digo que todo sea político, pero el tema de la judicialización de este proceso lo viene meneando la oposición política".
El abogado Juan Manuel González presentó el amparo ante la Justicia y pidió que “se declare ilegal el mensaje Nº 5.008” enviado a la Legislatura. Como se recordará, González fue admitido por el Consejo de la Magistratura provincial para concursar y ocupar el cargo de juez comunitario en Empalme Villa Constitución, Fighiera y Santa Teresa.
Si bien quedó primero en el orden de mérito, el Ejecutivo propuso en la Legislatura a la abogada Cecilia Pollini para ocupar esa vacante.
Según González, “se incumplió en forma manifiesta y arbitraria lo estipulado expresamente en la última parte del artículo 119 de la ley Nº 10.160, que reza: «Del concurso, que deberá respetar transparencia, publicidad, excelencia y celeridad, surgirá una propuesta plural de hasta 3 (tres) postulantes que reúnan los mejores puntajes, siendo la terna a elevar al Ejecutivo vinculante en su composición, el que podrá apartarse de su orden de mérito en forma fundada”.