El aberrante episodio ocurrió en Reconquista en el año 2022. Luego de estar desaparecida unos días, fue encontrada el 13 de julio en un baldío lindante a una vivienda abandonada, en inmediaciones del barrio Carmen Luisa de Reconquista
El juicio había comenzado el miércoles 24 de mayo de 2023 y el tribunal estuvo integrado por los jueces Sergio Olivera -presidente-, Martín Gauna Chapero y Gustavo Gon.
Por el Ministerio Público de la Acusación, el fiscal Aldo Gerosa, acompañado del fiscal Adrián Ereñú. La fiscalía había solicitado la pena de reclusión perpetua para los cuatro imputados, al igual que los querellantes.
En representación de la madre de Rocío Vera, estuvieron las abogadas María Laura Tailleur y Mariana Cisera, del Centro de Acción Judicial. Por el lado de la hermana de la víctima, la querella fue integrada por Carolina Walker y Matías Pautasso, de la ONG Juanito Laguna.
La defensora pública María Noel Severo dio asistencia legal a los cuatro mayores de edad llevados a este juicio oral y público; y había sostenido la inocencia de todos quienes se encontraban con prisión preventiva desde julio de 2020.
Condena y absolución
El Tribunal pluripersonal resolvió condenar a Leonardo Gastón Godoy y Pascual Fernando Fagunde a la pena de prisión perpetua, como autores material penalmente responsables de los delitos de «abuso sexual con acceso carnal calificado por la comisión de dos o más personas, y por la intervención de menores de edad; en concurso real, con homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía razón ocultar otro delito y por mediar violencia de género, por la intervención de menores de edad».
Asimismo, los jueces absolvieron de culpa y cargo a Leonardo Gastón Godoy y a Pascual Eduardo Fagundes por delito de amenazas, por insuficiencia probatoria.
También, quedó absuelto de culpa y cargo, Juan Daniel Godoy, por los delitos de «abuso sexual con acceso canal calificado por la comisión de dos o más personas, en relación con el inciso D del código penal, y por la intervención de menores de edad; homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía para ocultar otro delito y por mediar violencia de género, y por la intervención de menores de edad; y amenazas, todo en concurso real».
Además, Brian Carlos Altamirano quedó absuelto de culpa y cargo por los delitos de «abuso sexual con acceso carnal calificado por la comisión de dos o más personas, en relación con el inciso D del código penal y por la intervención de dos menores de edad; homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía para ocultar otro delito, por mediar violencia de género; y por la intervención de menores de edad, y por amenazas, todo en concurso real».
El tribunal ordenó el decomiso de los elementos secuestrados en el marco de este proceso, procediendo a su restitución. Como así también la devolución al Ministerio Público de la Acusación de los restantes efectos registrados en el marco de la presente causa, a los fines que estime corresponder.
Una vez que tome firmeza el decisorio, ordenará la extracción de muestras pertinentes para realizar la identificación de los condenados, procediendo a su inscripción en el registro respectivo de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 26.879.
Por último, ordenó la libertad de Juan Daniel Godoy y Brian Carlos Altamirano. Tener presente la reserva de recursos formulados por la defensa de los imputados. Mientras que los condenados fueron trasladados a la cárcel, apenas conocido el veredicto.
La palabra del fiscal
«La sentencia obviamente no nos conforma porque creemos firmemente que los cuatro acusados eran igualmente responsables del hecho cometido. Esperaremos los fundamentos y vamos a apelar como se dice en estos casos, pero nos resulta difícil encontrar cuál fue el argumento por el que algunos recibieron la sanción como autores del hecho y los otros que está bastante probado y fundamentado por la misma fuente que estuvieron y participaron no han sido condenados», sostuvo el Dr. Aldo Gerosa.
«De todas maneras el caso no termina y hay que seguir trabajando, pero la verdad que nos ha sorprendido el fallo. No podemos decir que esté ni bien ni mal porque no están los fundamentos. Sin ratificar nuestra confianza de que los cuatro acusados han tenido participación en los hechos y, por lo tanto, los cuatro merecen algún reproche por parte del Poder Judicial. Veremos cuáles son los motivos por los que dos fueron condenados y otros dos quedaron absueltos», agregó el representante del MPA.
La palabra del Centro de Asistencia Judicial
La abogada Mariana Cisera, del Centro de Asistencia Judicial (CAJ), representando a la mamá de Rocío, entrevistada por Vía Libre, consideró «que es muy pronto para dar una impresión, la verdad que, con respecto a los cuatro imputados, considerábamos que había elementos más que suficientes para lograr la cadena perpetua, se fue explicando la participación que tuvieron cada uno de ellos, de los cuales dos se logró una cadena perpetua y dos absoluciones. Así que tendríamos que esperar que lleguen los fundamentos para luego realizar la correspondiente apelación, porque para nuestra parte, como para la del fiscal, la otra querella, no hay dudas de que los cuatro debían tener prisión perpetua, condenados los cuatro».
La profesional contó que «consideramos que había más que elementos suficientes; lo adelantamos en los alegatos de apertura, lo probamos en el juicio y se lo explicamos en los alegatos de clausura, cuál fue la participación que tuvieron cada uno, pero bueno, ahora esperar a los fundamentos para realizar la correspondiente apelación».
Repudio de las organizaciones
Tras el fallo, las organizaciones que se hicieron presentes en la lectura de la sentencia manifestaron su repudio por la resolución que indicó la absolución de dos de los imputados. Dicho reclamo se dio en la entrada de los tribunales de Reconquista.