La fiscal Jiménez apeló el fallo que condenó a dos ex funcionarios a tres años de prisión en suspenso por el delito de estrago culposo agravado seguido de muerte por la inundación de 2003. Pidió que la pena se aumente a cinco años y que se cumpla en prisión.

Edgardo Wilfredo Berli, ex Ministro de Obras y Servicios Públicos de la Provincia, y Ricardo Angel Fratti, ex Director Provincial de Obras Hidráulicas, fueron condenados el 1ro de febrero de este año a la pena de tres años de ejecución condicional por el delito de Estrago culposo agravado por la muerte de 18 personas.

El fallo del juez Octavio Silva determina que los dos ex funcionarios obraron de manera negligente, que el desborde del río Salado, a fines de abril de 2003 no fue un hecho imprevisto, y que el impacto de la inundación podría haberse minimizado o reducido.

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A pesar de brindarle razón a la acusación sobre lo evitable del suceso, el magistrado decidió aplicar penas bajas, sin el encarcelamiento de los condenados. La fiscal Mariela Jiménez había solicitado la privación de la libertad para los involucrados con una condena de cinco años.

Es por esto que Jiménez decidió apelar parcialmente el fallo, ya que solicita que se confirmen las sentencias condenatorias pero que se agrave el monto de la pena, y se eleve a cinco años de prisión efectiva.

En el escrito de apelación, la fiscal entiende que el juez Silva, al imponer la pena, no consideró la pérdida de 18 vidas humanas como consecuencia directa del ingreso del río Salado a la ciudad. Según la fiscalía tampoco se valoró como corresponde los daños materiales ocasionados que involucran a más de 130.000 personas afectadas por el ingreso del agua, pérdida de bienes materiales e incluso de sus viviendas.

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A estas pérdidas de vidas humanas y bienes materiales, la fiscalía considera que también al mensurar la pena se debería haber considerado el grave daño ambiental que se ocasionara como consecuencia directa del ingreso del agua.

Por último, Jiménez entiende que el juez Silva no tuvo en cuenta la pérdida de bienes del estado que se vieron seriamente afectados por el ingreso del agua, como es el caso del Hospital de Niños Dr. Orlando Alassia, “donde incluso se debió realizar un traslado de los pacientes, por supuesto todos ellos niños, los seres más indefensos de la sociedad y que merecen una protección especial”.

Apelación y reserva

Aún no se ha fijado fecha para la audiencia en la Cámara de Apelaciones, donde las partes argumentarán los motivos de sus agravios. Los defensores de los dos ex funcionarios también apelaron las condenas impuestas.

La fiscalía entiende que corresponde revocar parcialmente la sentencia recurrida en cuanto a la pena que oportunamente se le impusiera a Edgardo Wilfredo Berli y Ricardo Angel Fratti, y se imponga la pena de CINCO AÑOS de PRISIÓN de CUMPLIMIENTO EFECTIVO.

Además, en caso que el tribunal de la cámara de apelaciones rechace el recurso presentado por la fiscal, se hace reserva de recurrir por inconstitucionalidad (Ley 7055) y por vía del recurso extraordinario federal (Ley 48), por entender que se vulneraría el derecho a la jurisdicción contemplado en la Constitución Provincial y Constitución Nacional.