Lo dispuso el titular del Juzgado Federal n°1 de la ciudad de Santa Fe. Además ordenó la inhibición general de bienes de los cuatro acusados por un total de 47,5 millones de pesos. Los empresarios pagaban $ 500 por mes de canon para explotar económicamente un predio perteneciente a Ferrocarriles Argentinos. Cuando el valor actual de la concesión superaría la cifra de 1,6 millones de pesos anuales.

El titular del Juzgado Federal n°1 de la ciudad de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, dispuso la indagatoria de dos ex altos funcionarios públicos. Y de dos empresarios vinculados a la comercialización de vehículos automotores. En el marco de una causa donde se investiga una millonaria defraudación en perjuicio de la administración pública.

A través irregularidades en la gestión de bienes del Estado. El magistrado ordenó además la inhibición general de bienes para los cuatro imputados. Por una suma total que asciende a los 47,5 millones de pesos. Cifra que permite dimensionar la maniobra que constituye el objeto procesal de la investigación.

Desde fines de 2001 los empresarios habrían ocupado y usufructuado de manera ilegítima un predio. Ubicado en la avenida Gral. Las Heras entre Eva Perón y Av. Leandro N. Alem (ex estación Talleres Santa Fe Ramal Fe). Donde actualmente funcionan las concesionarias de autos “Vitacar”, “Mecánica Minuto” y “Nation”.

Ocupación

El comienzo de la utilización de los lotes se remonta al 10 de septiembre de 1999, cuando se celebró un contrato de concesión. Entre el entonces Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios (ENABIEF) y el empresario J.A.M. El cual entró en vigencia el 29 de octubre de ese año hasta el 30 de septiembre de 2001. Fecha en que se produjo el vencimiento.

Según surge del contrato, el empresario se obligaba a pagar al ENABIEF un canon mensual de $450. Sin que haya surgido del mismo o de cualquier otra constancia clausula alguna de actualización. Ni tampoco información respecto si dicho canon fue efectivamente pagado o no desde entonces a la fecha. Cálculos preliminares estiman en más de 1,6 millones de pesos al año el valor actual de la concesión.

Más aún, el decreto 1383/96 que dio origen al ENABIEF colocó entre sus atribuciones la administración del patrimonio inmobiliario de la sociedad Ferrocarriles Argentinos –perteneciente al Estado nacional- que hasta el momento no había sido concesionado, facultando al organismo a celebrar contratos de concesión siempre que se trate de cuestiones de interés público. Como se dijo anteriormente, el inmueble bajo análisis se concesionó para un lucrativo emprendimiento privado –la instalación de concesionarias automotoras- , incumpliendo así lo fijado expresamente por la normativa.

En 2016, la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), sucesora del Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE) y el ENABIEF, acordó con una de las empresas concesionarias de autos (“Nation”) la firma de un convenio de actualización que fijó en 2,5 millones de pesos el canon por un año y medio.

La investigación

La Fiscalía tomó conocimiento del hecho al dictaminar, en junio de 2018, sobre la competencia de los tribunales federales de Santa Fe para entender en el juicio de desocupación promovido por la AABE contra uno de los empresarios. El 2 de julio inició una investigación preliminar que logró recolectar una gran cantidad de elementos –individualización de los terrenos, constancias de dominios, identificación de los responsables de la gestión y control del pago de los cánones- para impulsar la acción penal.

Para el representante del MPF, existen elementos suficientes para sostener que los funcionarios F.M.S. –ex director a cargo de la administración del ONABE entre junio de 2003 y agosto de 2012-, y A.A.V. –ex presidente de la AABE entre 2012 y 2015- ocasionaron un perjuicio “penalmente relevante” a las arcas del Estado. Tal perjuicio se materializó al permitir que la firma “Nation” y el imputado J.A.M. continuasen con la ocupación y explotación del predio una vez vencidos los respectivos contratos de concesión, abonando cánones mensuales de $500 y $450 respectivamente, montos que “resultan palmariamente irrisorios” y que provocaron un menoscabo económico significativo al Estado federal, titular de los bienes afectados.

En tal sentido, Onel requirió que se indague a los funcionarios como coautores del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, bajo la modalidad de administración fraudulenta, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. En tanto, encuadró la conducta de los empresarios bajo el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, en condición de partícipes necesarios. El pasado 18 de febrero el juez interviniente convalidó la hipótesis criminal trazada por el MPF y fijó para el 27 de marzo las indagatorias.

En cuanto a la delimitación de responsabilidades penales entre los funcionarios públicos, el fiscal desestimó por el momento acusar a quienes estuvieron a cargo del ONABE con anterioridad a 2012.

Impacto económico

La Fiscalía indicó que resta llevar adelante un análisis científico que permita establecer fehacientemente el monto del perjuicio ocasionado al erario público. U

na estimación meramente preliminar permite establecer en al menos 47,5 millones de pesos el impacto de la maniobra defraudatoria. Tal cifra surge –siempre como hipótesis de mínima- al tomar como base del valor actual y real de la concesión. Aquel que uno de los concesionarios (Nation), acordó como cánon mensual con el Estado nacional. En el convenio de actualización suscripto en el año 2016. Según ese convenio, se pactó por un año y medio un canon de concesión por valor de $2,5 millones. Ello determina un valor actualizado (desde 2001 a 2015), de $25 millones totales por quince años, en el caso de Nation.

En el caso del imputado J.A.M, quien tenía un canon 10% menor (450 pesos frente a 500 de Nation), “la defraudación de la que resultó beneficiario asciende a $22,5 millones”. La sumatoria de ambos conceptos arroja un total de 47,5 millones de pesos. Cifra que, como se dijo, no tiene en cuenta conceptos como la inflación.

El representante requirió la adopción urgente de medidas cautelares de orden patrimonial. A los fines de garantizar y asegurar la eventual realización de una pena económica. De una indemnización civil o, más importante aún. Del decomiso futuro de los bienes que son el producto o provecho del delito. Lo cual fue favorablemente recogido por el juez interviniente.