En el siniestro murieron dos adolescentes hace cinco años. La agente es la madre del conductor del auto que protagonizó el accidente. Ya había sido sentenciada.

Un tribunal de segunda instancia decidió revocar la sentencia a una oficial de policía. La misma condenada por ocultar pruebas en un siniestro vial. El accidente fue protagonizado por su hijo en el que fallecieron dos adolescentes, Emiliano Cáceres y Facundo Aguirre.

La agente había sido sentenciada a un año y cuatro meses de prisión condicional por su intervención. Fue durante los primeros momentos en que se produjo el siniestro. Sin embargo los jueces de Cámara entendieron que no se pudo probar que la uniformada hubiera sustraído del rodado de su hijo elementos que podrían haber servido como pruebas o "limpiado" la escena del accidente.

El fallo

El fallo de los jueces penales de Cámara Gustavo Salvador, José Luis Mascali y Carina Lurati se hizo público ayer. Fue en una audiencia en la que participaron los familiares de Emi y Faku, los dos jóvenes de 18 años fallecidos el 22 de febrero de 2014. Las familias cuestionaron la decisión del tribunal. "Seguiremos pidiendo justicia", señalaron.

Sonia Gómez se desempeñaba en la Brigada de Homicidios de la policía provincial cuando su hijo protagonizó un accidente de tránsito. Se dio en las inmediaciones de las avenidas Pellegrini y Provincias Unidas. Tras el choque, la mujer concurrió al lugar en forma inmediata, se acercó a los coches siniestrados. Y ostentado el uso de su cargo policial violó las restricciones para ingresar a la escena del siniestro.

Primera condena

En septiembre pasado, los jueces Patricia Billota, Gustavo Pérez de Urrechu e Ismael Manfrin la condenaron a la pena de un año y cuatro meses de prisión de ejecución condicional. Fue por el delito de violación de medios de prueba. Según entendieron, en el juicio quedó acreditado que la uniformada había alterado la escena del hecho y violado la integridad de los medios de prueba, haciendo desaparecer dos botellas de cerveza del baúl del auto.

La mujer, en cambio, fue absuelta por los delitos de abuso de autoridad y omisión de actos de oficio por el estricto beneficio de la duda.

Los argumentos

De acuerdo al fallo que se hizo público ayer, los jueces de cámara entendieron que existe una "indiscutida coincidencia y contundencia probatoria". Esto respecto a la presencia e interacción de Gómez en la escena del hecho. En este sentido no se observa "incumplimiento de los deberes a cargo de todo funcionario público", ya que si bien no estaba en servicio, era personal policial.

Sin embargo, advirtieron, no hay uniformidad en el discurso de los testigos que aporten certezas. Esto en cuanto "a la apropiación y posterior desaparición de lo que podría haberse convertido en elemento de prueba a valorar en el juicio".

"En el caso que se ha juzgado a Gómez, hemos concluido en que no se ha probado que hubiera sustraído del rodado de su hijo elementos que hubieran podido llegar a ser objetos de prueba. No hay certeza de que hubiera sacado del vehículo botellas de cerveza o vidrios", sostuvieron por unanimidad los magistrados.

Además, indicaron que tanto en el interior del auto como en la vereda quedaron vidrios que fueron presentados como objeto de prueba. Y en el juicio se presentaron varias pruebas que dieron cuenta de la presencia de alcohol en el coche.

En ese punto, consideraron los jueces, "no ha podido probarse que efectivamente hubiera sacado botellas del lugar. O "limpiado" la escena. Sin que tampoco surja "de qué forma pudo haber escondido tales objetos. O llevado los mismos sin haber sido vista por tanta gente presente".

Por lo tanto, los jueces ordenaron revocar la condena impuesta a Gómez. Y absolverla por el beneficio de la duda que favorece su condición.