Así lo resolvieron los camaristas Fabio Mudry, Oscar Burtnik y Fernando Gentile Bersano, quienes también rechazaron la nulidad y los agravios planteados por la Defensa del condenado. Los fiscales que representaron al MPA son Andrés Marchi y Gonzalo Iglesias.

La Cámara de Apelaciones confirmó por unanimidad la condena para José María Goiriz (de 26 años) a 18 años de prisión por ser el autor del homicidio de Damián Rafael Martínez (de 17 años) cometido en 2015 en Santa Fe. La resolución es de los camaristas Fabio Mudry, Oscar Burtnik y Fernando Gentile Bersano, quienes también rechazaron la nulidad y los agravios planteados por la Defensa del condenado.

Los fiscales que representaron al MPA en el juicio oral y público de primera instancia y también en la apelación son Andrés Marchi y Gonzalo Iglesias.

Confirmación

En primera instancia, Goriz fue condenado a 18 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el empleo de arma de fuego. El veredicto fue resuelto por unanimidad por el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Eduardo Pocoví, Rosana Carrara y Pablo Busaniche.

Los funcionarios del MPA valoraron que "el Tribunal de Alzada confirmó en todos sus puntos la sentencia de primera instancia". Además, hicieron hincapié en que "los camaristas mantuvieron el monto de la pena resuelto en 18 años y la calificación jurídico penal por la que se condenó a Goiriz, que fue la que planteamos desde la Fiscalía ya en la instancia de la acusación".

Argumentos

"En su apelación, la Defensa planteó, entre otras cuestiones, que en primera instancia se aplicó erróneamente el derecho, que faltaron pruebas y que la investigación era superficial. Por tal motivo, solicitó la absolución de Goiriz y su inmediata libertad", enumeraron los fiscales. "Sin embargo, desde la Fiscalía siempre entendimos que la autoría del delito por parte de Goiriz estaba debidamente acreditada y probada, motivo por el cual la investigación fue exitosa. Además, consideramos que el fallo de primera instancia se ajusta a derecho", agregaron Marchi e Iglesias.

Los funcionarios del MPA concluyeron que "la Cámara de Apelaciones resolvió que se probó con certeza que Goiriz dio muerte a Martínez y que no hubo errores procesales".

Acerca de los testigos

En cuanto a los testimonios, Marchi e Iglesias sostuvieron que "en el juicio de primera instancia, hubo personas que declararon y plantearon una hipótesis diferente, dieron lo que se denomina una coartada para el condenado y se contradijeron entre sí". En tal sentido, indicó que "desde la Fiscalía entendimos que estos testigos eran mendaces".

"Por su parte, la Defensa planteó que hubo testigos que declararon y no conocían el hecho, motivo por el cual solicitó la nulidad de la sentencia condenatoria de primera instancia", informaron los funcionarios del MPA.

"Sin embargo, los camaristas no sólo rechazaron el agravio del abogado defensor, sino que también consideraron válidas las declaraciones que la Defensa cuestionó", remarcaron.

En Alto Verde

El homicidio de Martínez fue cometido el martes 14 de julio de 2015 en Alto Verde, en inmediaciones de la Manzana número 3 y Pasaje 14. "Minutos después de las 13:00, Martínez –que estaba junto a un menor de edad– fue atacado por Goiriz con un arma de fuego", recordaron los fiscales. "En primer lugar, Goiriz le dijo unas palabras a la víctima. Luego le disparó de forma intencional a los pies, no obstante, Martínez logró eludir el disparo. Finalmente, le ejecutó un segundo disparo que le impactó en el cráneo y que le provocó la muerte horas más tarde", declararon.