Así lo dijo el abogado Jorge Mariano Zárate respecto del convenio que celebraron los dos organismos del Estado. Fue al aire de Cadena Oh! este lunes por la mañana.

El colega del doctor Domigo Rondina reflexionó sobre el acuerdo firmado respecto de la consulta popular sobre la reforma de la Constitución provincial. En el mismo participan el gobierno provincial y el Tribunal Electoral. Es para que se realice el mismo día de las elecciones. Sobre el tema, Zárate dijo: "No es que no estoy de acuerdo. La que no está de acuerdo es la Constitución y las leyes. Siempre sostuve que el Poder Ejecutivo no está habilitado constitucionalmente, no tiene competencias constitucionales como para convocar a una consulta popular porque no existe como tal en nuestra legislación provincial".

Más adelante, aclaró:"Lo del Tribunal Electoral es más claro porque reconoce que no es competente para atender en una consulta popular, porque la ley no le da esas atribuciones. Repito, no le puede dar atribuciones de algo que no existe en la Provincia".

Y agregó: "Se juntan dos organismos del Estado, creados por la Constitución: el Tribunal Electoral y la cabeza del Poder Ejecutivo, ninguno de los dos son competentes para organizar una consulta popular. Lo reconocieron ambos. Si deciden organizar la consulta, algo está mal".

"El acto administrativo que resulta del convenio que celebra el Poder Ejecutivo con el Tribunal Electoral es un acto administrativamente inválido, porque está firmado por dos organismos incompetentes. De ahí a que ellos determinen seguir con su irrespeto a la Constitución y las normas electorales y que los interesados, aquellos que ven afectados sus derechos, intereses particulares no hagan nada ya no es una situación que yo pueda remediar", indicó el abogado.