Había cinco imputados por el estallido de una caldera en 2016. Dos harán tareas comunitarias y tres quedarán sobreseídos. 

Es la causa por la explosión de una caldera en pleno corazón de barrio Tablada. Dejó lesionados y dos viviendas reducidas a escombros. En estos momentos, está a un paso de un acuerdo entre las partes y quedarse sin juicio. Por el trágico hecho ocurrido en Laboratorios Apolo en junio de 2016, la Justicia acusó a cinco responsables. Sin embargo, ayer se firmó un acuerdo entre las partes para que se les suspenda el juicio y dos realicen tareas comunitarias en San Nicolás. Si en 60 días la querella no aporta otras pruebas, tres de ellos quedarán sobreseídos.

Audiencia

La audiencia multipropósito se realizó al mediodía en la sala 9 de la Oficina de Gestión Judicial del Centro de Justicia Penal, en relación a los cargos que enfrentaban Marcelo Ferré, Jorge Gómez, Ariel García, Damián García y Marcela Vozza por los delitos de estrago culposo agravado y lesiones graves culposas, ambos en concurso ideal y carácter de autor.

Según un parte de prensa de Fiscalía, la audiencia fue requerida por las partes y allí se presentó un acuerdo manifestado por la defensa con el aval de la querella y admitida por el Ministerio Público de la Acusación, solicitando la suspensión de juicio a prueba de los imputados Ferré y Gómez y el pedido de criterio de oportunidad y sobreseimiento de Damián García, Ariel García y Vozza.

De acuerdo a lo informado por esta fuente judicial, el juez de primera instancia, Hernán Postma, aceptó el acuerdo de las partes y dictó para Gómez y Ferré la suspensión del juicio a prueba por el plazo de un año.

A su vez, les impuso fijar domicilio, abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas y la realización de tareas comunitarias en la Fundación Museo Justicialista, de la localidad de San Nicolás. También deberán pagar una caución de 30.000 pesos en efectivo.

Para Damián García, Ariel García y Vozza se admitió el criterio de oportunidad y el sobreseimiento de los imputados, quedando firme dentro del plazo de 60 días.

Si la querella plantea su oposición podría reverse, pero en caso de que ratifique el acuerdo, los imputados quedarán sobreseídos de la causa.

Acuerdo

El acuerdo de partes llega después de duras restricciones y embargos millonarios, y tras una instancia donde la querella había subrayado que no se había intentado resarcir a ninguna de las víctimas de la explosión. Ahora, y en este lapso de 60 días, existe la chance de acuerdos extrajudiciales que puedan permitir que la propia querella ratifique lo firmado ayer.

Lo que resta ahora es saber si prospera un acuerdo civil con la principal víctima: Juan Carlos Sánchez, el chofer de la Semtur que sufrió terribles quemaduras en el cuerpo. Además de un resarcimiento, los imputados se harían cargo de las costas de las pericias que debió realizar la fiscalía con peritos privados.

Con este acuerdo firmado en la audiencia de ayer, la opción de juicio se suspende, no por un lapso de tiempo sino que se cierra la participación penal. Los acusados deberán hacerse cargo de la reparación del daño en instancia civil.

Con la suspensión de juicio a prueba no quedan condenados, los imputados aceptan la responsabilidad y las reglas de conducta impuestas. Sin en 60 días no hay pruebas, los sobreseimientos en la causa penal, quedan firmes.

La explosión se produjo el 27 de junio de 2016 hacia las 5 en las instalaciones del Laboratorio Apolo SA, de Alem al 2900.

El fiscal Walter Jurado, a cargo de la investigación, les imputó el siniestro a estos cinco acusados por haber causado por negligencia e inobservancia de los reglamentos.

El hecho causó estupor en pleno barrio Tablada aquella madrugada.

El colectivero Sánchez se llevó la peor parte. Despertó en medio de la confusión y aturdido, y sobre su cuerpo cayó el agua hirviendo que salió de la caldera que estalló en el laboratorio.