En un juicio sumarísimo, el juez Fabián Lorenzini resolvió hacer lugar a la cautelar peticionada por una cliente de un plan de autoahorro de la empresa Volkswagen SA a la que se le habían incrementado las cuotas en forma exponencial, y ordenó, en consecuencia y por el término de 180 días, la suspensión de la ejecución prendaria.

El titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación, Distrito N°4, de Reconquista, puntualizó que “las demandadas (la firma citada y la concecionaria Escobar de la capital provincial) se abstengan de considerar incursa en mora por falta de pago, a la Sra. Amalia Fiz Chapero, adjudicataria de un automóvil Volkswagen Up” mediante el sistema de contrato de capitalización y ahorro.

Asimismo, el magistrado dictaminó que se “abstengan de iniciar el cobro ejecutivo o ejecución prendaria con registro” y la “inhibición de cualquier tipo de secuestro prendario o similar con relación al automóvil sobre el cual recae dicha prenda”.