Se estableció un modo de actualización automática. Los montos van de 4.816 pesos a 14.448 pesos, y los cierres de los locales irán de 7 a 180 días.

Los responsables de todo acto de discriminación que se desarrolle en espectáculos, espacios abiertos, bares, confiterías, discotecas o cualquier otro lugar con atención y acceso al público serán fuertemente multados. Y los locales hasta podrían ser clausurados. Las sanciones van de 4.816 pesos a 14.448 pesos y las clausuras podrían llegar hasta los 180 días. Además, los responsables deberán asistir a cursos-talleres de sensibilización referidos a la temática que generó la falta.

Norma

La norma ya fue publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad. Y determina un nuevo escenario de castigos para propietarios, representantes legales y personal de los locales. Con montos de sanciones que se actualizan a través de un mecanismo automático mediante la aplicación de Unidades Fijas (UF). Cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, que según lo comunicado por la Agencia Provincial de Seguridad Vial tiene un precio actualizado a julio de 48,16 pesos.

Esta acción legislativa se apoya en el proyecto presentado por el concejal Carlos Cardozo, mediante el que se modificó el artículo Nº 604.8 del Código de Faltas Municipal, que establecía los montos de estas multas en pesos, sin actualización. Esta determinación va en consonancia con los cambios que ha implementado en los últimos años el Concejo en relación a las actualizaciones automáticas establecidas en Unidades Fijas (UF).

Ordenanza

Según la ordenanza, se sancionará "todo acto de discriminación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, o su expresión, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, características físicas, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que tienda a la segregación, exclusión, menoscabo o que implique distinción".

Esta determinación abarcará a acciones que se desarrollen "en espectáculos, espacios abiertos al público, bares, confiterías y discotecas, o cualquier otro lugar con atención y acceso al público. Ya sea en forma explícita o a través de un ejercicio arbitrario del derecho de admisión".

De acuerdo a la nueva normativa, las sanciones serán las siguientes:

Se impondrá una multa de 100 UF (4.816 pesos) a 200 UF (9.632 pesos), y clausura del local de 7 a 30 días, la primera vez que se incurra en una falta de este tipo.

En tanto, habrá multa de 200 UF (9.632 pesos) a 300 UF (14.448 pesos) y clausura de 30 a 180 días, en caso de reincidencia.

Además, se impondrá la asistencia obligatoria para los propietarios de los locales, representantes legales y también al personal del comercio sancionado a cursos-talleres de sensibilización, referidos a la temática que generó la falta, dictados por el área municipal correspondiente en concurso con organizaciones que trabajen sobre este eje.

El último verano

La norma tiene su origen en un hecho que sucedió el verano pasado es la ciudad. Y que tomó el valor de un joven que se enfrentó a un boliche de la costa. Para poder establecer sanciones más fuertes y con montos actualizados.

"Hace unos meses se puso en contacto conmigo una persona que había sido discriminada por su condición sexual. Fue en un boliche de la zona de la costa", indicó Cardozo.

"Ese chico hizo la denuncia en redes sociales, tratando de que el lugar se disculpara. Todo sin intención inicial de establecer una denuncia formal. Pero recibió una gran cantidad de amenazas por parte del encargado de relaciones públicas que lo había invitado a ese boliche. También de los dueños del lugar. Lo quisieron intimidar a través de las redes sociales", advirtió el edil.

Ante esa situación, contó que "rápidamente me contacté con Esteban Paulón, que es subsecretario de Diversidad Sexual de la provincia. Nos juntamos en Rosario con el joven que recibió el acto de discriminación. Hablamos mucho, y lo primero que hicimos es darle contención al chico afectado".

Y agregó: "Durante esa charla, Esteban me dice, «fijáte que más allá de todo lo que podamos hacer ahora con una denuncia en el Inadi, o en alguna otra entidad, la ordenanza quedó desactualizada, porque cuando se redactó hace muchos años, era una multa fija en pesos». Ahí pensamos en pasarlo a Unidades Fijas (UF) y con eso nos aseguramos una actualización automática de las sanciones".

"Abarca acciones que se desarrollen en espectáculos, espacios abiertos al público, bares, confiterías y discotecas"