La Justicia le ordenó cubrir la hemodiálisis de un paciente, pero la entidad apeló y explicó que debe hacerlo su par de la Universidad de Córdoba.

La obra social de la Universidad Nacional de Rosario (Osunr) aclaró que no es responsable para atender un amparo que obliga a cubrir un tratamiento de hemodiálisis de un paciente afiliado a la obra social de la Universidad de Córdoba. Y que, por cortesía y por encontrarse en tránsito, fue atendido en Rosario sin estar afiliado a la obra social de la UNR.

Se trata de la cobertura de tratamiento de hemodiálisis con una frecuencia de tres veces por semana. Además de la realización de estudios pretrasplantes. A un paciente que sufre una deficiencia renal crónica y a quien dejaron de brindarle el tratamiento en mayo pasado.

Ordenan a la obra social de la UNR cubrir un tratamiento de hemodiálisis

La medida ordenó dar asistencia a un afiliado a la Dirección de Asistencia Social del Personal Universitario de la Universidad Nacional de Córdoba. Que, habiendo sido oportunamente atendido por la Osunr como persona de tránsito en Rosario, deduce una acción de amparo por tratamientos de alta complejidad. En la cual involucra a la obra social de la UNR.

Se aclara ahora que el demandante "no es afiliado a la obra social de la UNR. Por lo que ésta ignora su domicilio real, sus dolencias y médicos tratantes. No contando con historial clínico alguno".

Asimismo, la obra social de la UNR precisó que "no forma parte del Consejo de obras sociales de Universidades nacionales, habiendo denunciado todo convenio con este el 23 de diciembre de 2016. Sin celebrar convenio bilateral alguno con la obra social de la Universidad Nacional de Córdoba".

Cortesía

Explica que "por mera cortesía suele atender a personas en tránsito en Rosario afiliadas a otras obras sociales universitarias del país. Limitándose ello a las emergencias médicas como, de hecho, había acontecido con el amparista".

Señala que "deviene insólito no sólo la ajenidad del actor a la obra social de la UNR, sino también la actitud de la Daspu. Al no comparecer y deslindar responsabilidades".

También expresa que "dado que la Osunr cuenta con los aportes y contribuciones correspondientes a sus afiliados y con los coseguros a cargo de estos, no recibiendo reintegro alguno del Estado nacional, resulta preocupante tener que soportar erogaciones generadas por personas no afiliadas a la misma. Siendo responsabilidad total y exclusiva de la Daspu solventarlas".

Desde la obra social se señaló que "todos los fundamentos y razones mencionadas han sido ya vertidas en las actuaciones judiciales. Y se ha deducido el recurso de apelación correspondiente".

La aclaración de la obra social de la UNR llegó luego de que se publicó el miércoles pasado una decisión judicial. Que la obligaba a cubrir el tratamiento de un afiliado a la obra social de la Universidad de Córdoba.

Desde Osunr se detalló que misma es "una institución prestigiosa que desde sus inicios se ha caracterizado por la defensa a ultranza de los principios de igualdad de trato y solidaridad con sus afiliados, gozando del reconocimiento de todos los estamentos de la Universidad Nacional de Rosario y de la comunidad en general".