Fatiga, náuseas, vómitos, diarrea, distensión abdominal, irritabilidad o apatía son solo algunos síntomas que presenta una persona celiaca cuando consume un alimento no indicado. Justamente para evitar estos cuadros, la ANMAT prohibió la venta de la "cerveza especial Mahou Cinco Estrellas" que lleva el logo de alimento libre de gluten.

Según la disposición 8559/2019 indica que el producto —elaborado por Mahou S.A, en Madrid, España— "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto y porque está falsamente rotulado". Entre otras cuestiones señaladas en el Boletín Oficial, "consigna la leyenda libre de gluten sin estar autorizado como tal, siendo en consecuencia ilegal".

Galletitas

Por otro lado, en el marco del Programa de Monitoreo efectuado conforme al Plan Integral de Fiscalización de Establecimientos, Productos Alimenticios y Materiales en Contacto con Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), procedieron a tomar muestra para análisis del producto: “Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans., Peso aproximado: 140 grs.”, y determinaron que no cumple con la normativa vigente para la rotulación de alimentos.

Las causas argumentan que: "Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284".

En relación a la comercialización del producto: “Aceite de Oliva” extra virgen, marca Finca Don Francesco, RNPA 4117-0424-13, RNE 4117-105656-13, Establ. N° 13003815, Aimogasta - La Rioja, no cumpliría la normativa alimentaria vigente.

Especies marca "Poo", también prohibidas

La ANMAT prohibió la comercialización de una serie de alimentos rotulados como “Provenzal, Perejil y Ajo, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-598267, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021”, “Nuez moscada, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-564410, lote 190401, fecha de vencimiento: Abril 2021”, “Pesto, Peso Neto 20g, RNPA Expte. N° 4075-219-10, lote 190327, fecha de vencimiento: Marzo 2021”, “Pimentón extra dulce, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598274, lote 190404, fecha de vencimiento: Abril 2021” y “Ají molido, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598292, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021”, todos elaborados y envasados por POO ALIMENTOS S.A., RNE N° 02-033526. La causa: "por presentar elementos histológicos ajenos a los productos"

Por otro lado la administración prohibió también varios productos domisanitarios elaborados por la firma Fiorella Distribuidora por fraccionar los mismos sin contar con autorización de establecimiento y comercialización. El artículo 1° de la disposición 8514 publicada en el Boletín Oficial, sostiene en un fragmento: "Prohíbese el uso y la comercialización en todo el territorio nacional todos los lotes de todos los productos domisanitarios elaborados y/o fraccionados por la firma FIORELLA DISTRIBUIDORA de David Sánchez sita en la Avenida Juan Manuel de Rosas 4428, San Justo".