La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió el régimen de facilidades de pago a las deudas vencidas al 30 de abril, y lo extendió tres meses.

 

La ampliación se oficializará mediante una resolución general que se conocerá en los próximos días, y los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 31 de agosto para adherirse.

Además, se podrán incluir en este régimen obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago anteriores cuya caducidad haya operado hasta el 31 de julio de este año.

Con esta normativa, se amplía la fecha, ya que la resolución original establecía que el día límite para las caducidades era el 15 de mayo último.

Las Mypymes tienen una tasa diferencial del 2,5%; el mismo interés corría hasta mañana para el resto de los contribuyentes que hicieran un pago a cuenta del 20% de la deuda regularizada, pero con esta nueva resolución el beneficio se extendió hasta el 31 de agosto.

Para consolidar el plan se deberá tener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico, declarar una CBU en el servicio “Declaración de CBU” para que se debiten las cuotas.

También se debe haber presentado todas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social antes de la fecha de adhesión al régimen.