A través de un decreto, el Gobierno subió el dólar de referencia para las empresas. No cambia el precio para los consumidores.

El Gobierno flexibilizó hoy el congelamiento del precio de combustibles, al subir en un 3,3% el precio dólar de referencia. Y excluir de la restricción en las subas a las transacciones que no tengan como destino final el abastecimiento por medio de estaciones de servicio.

Decreto

Por medio del decreto 601 emitido este lunes en el Boletín Oficial se tomó una seria de medidas para atenuar el impacto en el sector petrolero. Impacto de las medidas tomadas por el decreto 566 que, para morigerar el impacto de la suba del dólar tras el resultado de las PASO, congeló el precio de los combustibles por 90 días al tomar como referencia el que fue pactado el 9 de agosto pasado.

La medida no implica cambios en lo que los consumidores pagan por el precio de las naftas en los surtidores.

Dólar de referencia

Por un lado, se elevó de $45,19 a $46,69 el precio del dólar tomado como referencia. Esto para las operaciones con crudo llevadas a cabo en el mercado local.

Por otro lado se establece una transferencia de $2,81 por dólar para los productores de petróleo. Llevando entonces el dólar de $46,69 a $49,50 para todos los barriles entregados al mercado interno por un periodo de 30 días.

Este monto agrega un 6% de aumento al precio del barril, por lo que se acumula un 9,54% de mayor precio para los productores. El costo fiscal de esta transferencia es de $1.550 millones de pesos y será solventado reasignando partidas del presupuesto de la Secretaría de Gobierno de Energía.

Tope de precios

En tanto, se estableció que el tope en el precio de las naftas y el gasoil será para que los productos "que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio) no podrá ser superior al precio vigente al día 9 de agosto de 2019".

Esta medida, que fue anticipada el viernes por el secretario de Energía, Gustavo Lopetegui, a las empresas, generó diferencias de criterios entre los jugadores del sector. Tal como publicó Ámbito este sábado, los productores no integrados rechazan la medida, que sí es avalada por las grandes compañías que representan el 70% del mercado.

En sus considerados, el decreto fue justificado "como un primer paso para normalizar la fijación de precios del sector y no afectar el empleo, la actividad, la producción y las inversiones".

Canal mayorista

Según detalló el ministerio de Hacienda en un comunicado, el canal mayorista representa el 17% del total del volumen, lo que sumado al 30% de otros productos no congelados originalmente (combustibles de aviación, buques, asfaltos, lubricantes y otros) hace que el 47% del volumen ya no caiga bajo el congelamiento. Este 47% de volumen equivale aproximadamente a un 38% de las ventas en pesos.

Otra medida tomada por Hacienda para compensar a las petroleras es que no se realizará la actualización del Impuesto a los Combustibles correspondiente al 1 de septiembre.