La renuncia de Evo Morales, de su vice, y los titulares de Diputados y el Senado deja al país en una situación inédita. Qué dice la Constitución.

Bolivia quedó por estas horas en una inédita y curiosa situación por las dudas respecto de quién debe asumir la jefatura del Estado. Esto ante la renuncia del presidente Evo Morales y de los tres dirigentes que lo seguían en la línea sucesoria, según lo dispuesto por la Constitución nacional.

"En caso de impedimento o ausencia definitiva de la presidenta o del presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la vicepresidenta o el vicepresidente. Y, a falta de ésta o éste, por la presidenta o el presidente del Senado. Y a falta de ésta o éste por la presidente o el presidente de la Cámara de Diputados", señala la Constitución.

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Empero, en Bolivia se dio la inédita situación de que a la dimisión de Morales le siguió la del vice Álvaro García Linera. Y un rato después la de la presidenta del Senado, Adriana Salvatierra.

Un rato antes ya había anunciado su salida del cargo el titular de la Cámara de Diputados, Víctor Borda. Todo con la misma intención de evitar tener que asumir la jefatura del Palacio Quemado.

Acefalía

Ante este cuadro de virtual acefalía, los diarios paceños dan por hecho que habrá un llamado a nuevas elecciones. Pero no parece claro quién las convocará y quién las organizará.

Se espera que los miembros de las cámaras de diputados y senadores se reúnan en las próximas horas para buscar consensos. También para nombrar a una comisión interina o legislador que lleve las riendas del país en lo administrativo, dijo a Reuters un abogado constitucionalista que pidió reserva de su nombre.

“Si la actual presidenta del Senado decide no asumir el cargo de presidente del Estado, entonces debe renunciar al Senado. Si eso ocurre, asume el primer vicepresidente de la Cámara de Senadores. Si éste a su vez renuncia, asume el segundo vicepresidente”, explicó al diario El Deber de Bolivia el constitucionalista José Antonio Rivera.

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Asimismo, señaló que en caso de que renuncie el primer vicepresidente y también lo haga el segundo vicepresidente “se convoca al decano, es decir, al más antiguo de los senadores. Se agota el Senado con los que tienen más de 30 años”. Y en caso de que se agote esta instancia “se va a la Cámara de Diputados y así sucesivamente”.

Al momento en que asuma alguno de los parlamentarios que se encuentra en la línea sucesoria, deberá convocar a elecciones en el plazo de 90 días.