Esta mañana, por medio de la disposición 10370/2019 publicada en el Boletín Oficial, La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) interrumpió la producción, venta y distribución en todo el territorio nacional de diversos artículos medicinales que no respetaban la normativa alimentaria vigente. Se trata del “Suplemento dietario a base de colágeno hidrolizado metilsulfonil, marca LUVION PROFESIONAL VIVRE / Lote 190530”, “Suplemento dietario a base de colágeno hidrolizado, resveratrol, vitamina C y coenzima Q10, marca LUVION BLOW COLÁGENO BEBIBLE / Lote 190627” y “Suplemento dietario a base de colágeno hidrolizado metilsulfonil metano MSM, marca LUVION PROFESIONAL VIVRE / Lote 190429”.

Se verificó que los productos estaban falsamente rotulados, por lo que presentaban irregularidades en su envasado. Además, poseían concentraciones de ácido hialurónico indicado con acciones terapéuticas, lo que los cataloga en consecuencia como “ilegales”, expresa el comunicado.

Estas marcas corresponden a la empresa NUTRABIO S.R.L. (radicada en la Provincia de Córdoba) y a Matías Gabriel Re, director técnico de elaboración. La firma fue imputada por faltas sanitarias, asimismo como el comercio LUVION HOUSE, a cargo de Silvina Lorena Maschio, por comercializar los artículos.

Por otro lado, mediante la disposición 10358/2019 se denunció el extravío de trece bombas de infusión (se utilizan para inyectar fluidos, medicación o nutrientes en el sistema circulatorio de un paciente), correspondientes a los modelos “Applix SMART” y a “Volumat AGILIA”. Para proteger a posibles adquisidores o usuarios de estas unidades faltantes, en toda la Argentina se prohibió la comercialización de “Bomba para infusión APPLIX SMART AR / números de series 21907235 – 22024366 – 22024402 – 22413394 – 22444344 – 22444347” y de “Bomba para infusión VOLUMAT AGILIA AR / números de series 20589032 – 21721989 – 22029331 – 22029634 – 22029641 – 22711903 – 21578097”.