El juez federal de Reconquista Aldo Alurralde dispuso los procesamientos de 12 personas, con distintos niveles de responsabilidad penal. Entre ellos hay tres policías. 

La parte resolutiva del auto de procesamiento, dice:

1.- Dictar auto de procesamiento con prisión preventiva contra Eliel Geronimo Schiffo, D.N.I N° 34.706.654 por su calidad de autor –prima facie- responsable, en virtud de los hechos oportunamente atribuidos, del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la calidad de funcionario policial y por la participación de tres o más personas organizadas para cometerlo, en concurso  con Transporte de estupefacientes agravado por la calidad de funcionario policial y por la participación de tres o mas personas organizadas para cometerlo" (arts. 5 inc. C y 11 incs. C y D de la ley 23.737).

2.- Dictar auto de procesamiento con prisión preventiva contra Ariel Eric Quatrin, D.N.I. N° 37.798.433 y Brian Hernan Cerrutti, DNI Nº 35.070.524,  por su calidad de autores –prima facie- responsables, en virtud de los hechos oportunamente atribuidos, de la comisión del delito de Transporte de estupefaciente agravado por la calidad de funcionario policial y por la participación de tres o mas personas organizadas para cometerlo" (arts. 5 inc. C y 11 incs. C y D de la ley 23.737).

3.- Dictar auto de procesamiento con prisión preventiva contra Tomas Agustín Gamarra, D.N.I. N° 41.342.456; Fernando Daniel González, alias "Colo", D.N.I. N° 34.782.983; Guillermo German López, D.N.I. N° 26.662.065; Walter Nicolás González, D.N.I. N° 27.518.745; y Jesica Lucia Fernández, D.N.I. N° 34.045.964;  por su calidad de autores –prima facie- responsable, en virtud de los hechos oportunamente atribuidos, del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la participación de tres o más personas organizadas para cometerlo (arts. 5 inc. C y 11 incisos. C de la ley 23.737).

4.- Dictar auto de procesamiento con prisión preventiva contra Orlando Oscar Acosta, D.N.I. N° 28.239.368; Leonardo González, D.N.I N° 37.453.001; y Jesica Gabriela Ferrari, D.N.I. N° 34.706.792;  por su calidad de autores –prima facie- responsable, en virtud de los hechos oportunamente atribuidos, del delito de comercialización y distribución de estupefacientes, agravado por la participación de tres o más personas organizadas para cometerlo (arts. 5 inc. C y 11 incisos. C de la ley 23.737).

5.- Dictar auto de procesamiento sin prisión preventiva contra Laura Solange Carro, D.N.I. N° 36.243.498; por su calidad de partícipe secundaria del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (arts. 5 inc. C de la ley 23.737); debiendo permanecer en la situación  de libertad en que se encuentra y descripta en los considerandos precedentes, manteniéndose las condiciones que oportunamente se le fijara en oportunidad de su indagatoria.

6.- Convertir en prisión preventiva la detención que cumplen Eliel Geronimo Noe Schiffo, D.N.I. N° 34.706.654; Ariel Eric Quatrín, D.N.I. N° 37.798.433; Brian Hernán Cerrutti, D.N.I. Nº 35.070.524, Tomas Agustín Gamarra, D.N.I. N° 41.342.456; Fernando Daniel González, Alias "Colo", D.N.I. N° 34.782.983; Guillermo German López, D.N.I. N° 26.662.065; Walter Nicolás González, D.N.I. N° 27.518.745; Jesica Lucia Fernández, D.N.I. N° 34.045.964; Orlando Oscar Acosta, D.N.I. N° 28.239.368; Leonardo González, D.N.I N° 37.453.001; y Jésica Gabriela Ferrari, D.N.I. N° 34.706.792; debiendo todos ellos permanecer en el lugar de detención en que se encuentran en carácter de comunicados y a disposición del suscripto.

7.- Mandar trabar embargo sobre los bienes libres de Eliel Gerónimo Noe Schiffo, D.N.I N° 34.706.654; Ariel Eric Quatrín, D.N.I. N° 37.798.433; Brian Hernán Cerrutti, D.N.I. Nº 35.070.524, Tomas Agustín Gamarra, D.N.I. N° 41.342.456; Fernando Daniel González, Alias "Colo", D.N.I. N° 34.782.983; Guillermo German López, D.N.I. N° 26.662.065; Walter Nicolás González, D.N.I. N° 27.518.745; Jesica Lucia Fernández, D.N.I. N° 34.045.964; Orlando Oscar Acosta, D.N.I. N° 28.239.368; Leonardo González, D.N.I N° 37.453.001; y de Jesica Gabriela Ferrari, D.N.I. N° 34.706.792; hasta cubrir la suma de cien mil pesos ($ 100.000) sobre cada uno de ellos; y de  LAURA SOLANGE CARRÓ, D.N.I. N° 36.243.498 hasta cubrir la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000); formándose a tal efecto el pertinente incidente de ley.

8- Mantener el secuestro de los vehículos, oportunamente dispuesto por este magistrado atento a que los mismos  se encuentran vinculados a  los hechos y delitos por los cuales se dicta el presente resolutorio y por lo tanto sujeto a decomiso  (art . 231 CPPN).

9.- Comuníquese lo dispuesto al Registro Nacional de Reincidencias y Estadística Criminal con remisión de fichas dactiloscópicas.