La medida contempla productos que contengan cannabinoides o derivados de la planta de cannabis destinados exclusivamente para uso medicinal.

 

El Ministerio de Salud y Desarrollo Social mediante la Secretaría de Regulación y Gestión Sanitaria aprobó el régimen de acceso de excepción a productos que contengan cannabinoides o derivados de la planta de cannabis. Sólo los que se destinen exclusivamente para uso medicinal. Ya sea para el tratamiento de un paciente individual con diagnóstico de epilepsia refractaria o bien dentro del contexto de investigación científica.

La resolución 133/2019 publicada este jueves en el Boletín Oficial establece que el régimen se aplicará cuando no existan registros sanitarios en el país de productos que contengan cannabinoides o derivados de la planta de cannabis. O cuando dichos productos se encuentren en fase de investigación y en forma exclusiva para las patologías establecidas por el Programa Nacional para el Estudio. Y la investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos no Convencionales.

En ese marco, desde el Laboratorio Industrial Farmacéutico de nuestra provincia, celebraron la resolución. El titular del organismo, Diego Bruno afirmó que se abre la posibilidad de importar materia prima para investigaciones.

De esta forma, estos productos deberán ser prescriptos por profesionales médicos especialistas en Neurología o Neurología Infantil matriculados ante una autoridad sanitaria competente. Mediante receta ajustada a normativa vigente.