En las últimas horas el Juez de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Javier Bottero, dio a conocer los fundamentos que lo llevaron a decretar la prisión preventiva de cuatro personas. El magistrado decidió acompañar la carátula escogida por el representante del Ministerio Público de la Acusación quien los acusó de integrar una Asociación ilícita con diferentes roles. Los detenidos están identificadas como Edgardo Ángel S.; David Alejandro Itatí P., Lorena Mireya C., Marcelo Gustavo U., Guillermo Felipe José M.
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La causa
Los fiscales Martín Castellano y Lorena Korakis imputaron a 14 personas investigadas por la autoría de ilícitos vinculados al juego clandestino cometidos en el departamento Castellanos. La atribución delictiva se realizó por los funcionarios del MPA en una audiencia remota –a través de la plataforma Zoom. Fue ante el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Javier Bottero.
Apuestas
La asociación ilícita formada por los imputados, se encargó de brindar la posibilidad de hacer apuestas en juegos de azar a cualquier persona que se presente. Asimismo, y a través del reparto de roles de sus miembros de distinta jerarquía y siempre bajo el mando de Perona, ejerció la logística necesaria para que el público indefinido pueda realizar juegos de azar en la modalidad de casinos online. Funcionaba como intermediaria entre algunos sitios web de apuestas y juegos de azar. Las personas que a través de la compra de «créditos» a miembros de la asociación ilícita, accedía a disputar mediante esos portales de internet partidas de juegos de azar contando con montos para hacer apuestas.
Evidencias
En efecto -dijo el juez-, a través de la profusa evidencia aportada por el Fiscal, es posible concluir en la existencia de una organización liderada por David P. en su carácter de jefe, y Marcelo U., Guillermo M. y Lorena C., como organizadores. El resto de los imputados como integrantes.
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Se dedicaba a la organización, administración, operación y explotación de juegos de azar, sin autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente. Tal afirmación se desprende fundamentalmente de los diálogos entre los miembros del grupo a los que hiciera referencia el Fiscal. Su contenido -analizado a la luz de la sana crítica- permiten inferir que David Perona ejercía el poder de decisión dentro de la organización. Lo hacía emitiendo órdenes al resto del grupo para el desarrollo de la actividad.
Con información de DC.