En la legislatura de la Capital Federal se presentó un polémico proyecto de ley, denominado Régimen del Alquiler Protegido, que busca que el Estado administre y alquile las propiedades que pasen más de 90 días vacías en la ciudad de Buenos Aires.
Quien lo presentó fue la agrupación Inquilinos Agrupados. Entre los fundamentos que se tomaron sostienen que en Buenos Aires, según el Censo de 1991, había 40.000 viviendas vacías. Ya en el 2010 eran 341.000. Esta cifra ubica a la ciudad primera en el ranking de cantidad de viviendas libres por habitante. ero actualmente ese número se agravó porque según sostienen los autores del proyecto existen unas 500.000 unidades en alquiler.
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"Es un proyecto abolutamente demencial e inconstitucional. Viola la garantía de derecho de propiedad consagrada en el artículo 17 de la Constitución. La propone quien impulsó también la nefasta ley de alquileres", apuntó Jorge Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la Argentina.
El proyecto propone que cuando una vivienda está vacía por más de tres meses, ya pasa a la órbita de administración del inmueble y el contrato de alquiler, a la órbita del Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC).
Uno de los artículos de este proyecto de ley, establece que el IVC cuando toma el inmueble a la fuerza, va a ponerlo en el mercado de alquileres. Pero lo va a alquilar a un costo del 1 por ciento de la valuación fiscal, que es la tercera parte o menos de la valuación real, de mercado; pero además esto estaría congelado por la propia ley de alquieres. Así, el propietario perdería el manejo de su inmueble.
En su artículo 12, establece un "método stalinista", según el entrevistado, puesto que cualquier ciudadano puede denunciar a sus vecinos si tienen inmuebles vacíos. A su vez, le impone a los administradores de los consorcios la obligación de informar al IVC, cada treinta días, si existe algún inmueble vacío en el consorcio que administra.
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Por otra parte, establece multas para el caso que se descubra si se ocultó el inmueble. Se tratará del 5 por ciento del valor fiscal del inmueble por mes. Si un propietario tiene más de 10 inmuebles, se aplicará una multa mayor, del 10 por ciento.
"Una disposición similar no existe ni siquiera en Venezuela. Es una confiscación, no te indemnizan. Te impiden hacer lo que cualquier propietario puede hacer con su inmueble", dijo por último.