Este sábado y domingo, tal cual estaba previsto en el decreto 0700/2021 del 21 de mayo pasado, la provincia de Santa Fe retorna a una fase 1 morigerada, limitando la circulación entre la 0 y las 24 solo a los trabajadores considerados esenciales, con cierre de bares y restaurantes -solo podrán trabajar con la modalidad para llevar (take away) y de reparto (delivery)- y otras restricciones, en un intento por frenar el aumento de casos de coronavirus.
Desde hoy y hasta el domingo estarán suspendidas actividades económicas, comerciales, industriales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales, de acuerdo con el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) aprobado el miércoles último por el Senado.
Se prevé que este sábado al mediodía el gobernador Omar Perotti dé a conocer las nuevas medidas que comenzarán a regir desde el lunes en Santa Fe hasta el viernes 11, las cuales no tendrían demasiadas modificaciones a las anunciadas para los cinco días que tuvieron validez esta semana. A continuación se detallan las restricciones para este fin de semana:
-Prohibición de circulación: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
-Permanencia en los domicilios: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
-Salidas de esparcimiento: Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
-Actividades recreativas: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
-Circulación: No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
-Gastronomía: Sólo mediante delivery y take away.
-Transporte público: Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades, los casos especiales, atención de salud y vacunación.
-Permisos: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular, deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.