Más de una decena de organizaciones de diversas localidades de Santa Fe y Entre Ríos presentaron un documento conjunto a la Municipalidad de Victoria, con copia al Concejo Deliberante de la misma ciudad y a Delegación de Islas. Solicitaron “la inmediata suspensión de las habilitaciones que permiten el desarrollo de fiestas masivas en el área natural protegida Islas de Victoria”.
Según las normas urbanísticas de la ciudad de Victoria en el apartado “Suelo Litoral”, dentro de “usos no permitidos” están los centros comerciales y de diversión, tales como bares y discotecas.
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“Tengamos presente que los humedales e islas del Departamento Victoria conforman un área natural protegida cercana a las 400 mil hectáreas. Tiene por objeto la protección y conservación de sus bellezas paisajísticas y sus riquezas de flora y fauna autóctona, limitándose para tal fin la intervención humana a fin de garantizar la existencia de sus elementos naturales”, expresa el documento titulado “pisotear la vida”.
Luego explicaron que “la lógica en la prohibición de actividades tales como bares y discotecas se torna más que evidente. Esto ya que el mero sentido común, sumado a lamentables precedentes, nos demuestran las consecuencias de estas actividades en una reserva natural de por sí vulnerada”.
Y detallan: “hablamos de fiestas masivas a las que acuden cientos de personas que se trasladan algunas en lanchas y otras en vehículos particulares que luego estacionan sobre humedales en estado de extrema vulnerabilidad. Además, para dichos accesos vehiculares se ha modificado ilegalmente el suelo con rellenos y levantamiento del terreno y construcción de terraplenes”, agregaron.
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Tras instar a la Municipalidad de Victoria y a su intendente Domingo Maiocco, a “cumplir u hacer cumplir las leyes y ordenanzas vigentes”, señalaron que “el Ejecutivo alega que no habilitan discotecas sino ‘eventos’. Las discotecas y los ‘eventos’, reiterados, múltiples y masivos, generan los mismos impactos negativos sobre el ambiente” y citaron que “la Ley General de Ambiente consagra en su Artículo 4 el Principio de Progresividad en razón del cual se desprende la prohibición de retroceder respecto a los niveles de protección alcanzados con anterioridad”.